Cambios al Reglamento de Créditos
INFORMACIÓN IMPORTANTE:
A continuación relacionamos los cambios al reglamento de créditos:
- se incremento el plazo del crédito especial a 48 meses.
- se modificaron las tasas de los numerales 1 y 2 del artículo 12, los cuales quedarán así:
1. Los créditos mantendrán su modalidad durante su vigencia, excepto el ordinario y el especial.
2. Para créditos de consumo, la Mutual prestará a una tasa de interés efectiva anual de remuneración mes vencido, para lo cual tendrá en cuenta las tasas de interés de las entidades bancarias y el promedio del DTF efectivo anual de los doce (12) meses del año calendario anterior. En todo caso, las tasas de interés favorecerán los objetivos de la mutual sin detrimento de obtener recursos que cubran los gastos de la misma.
- se modificaron los literales "b" de todos los créditos, el cual quedará así:
b. Interés: La Mutual prestará a una tasa de interés efectiva anual de remuneración mes vencido, de acuerdo con la tabla de intereses que determine anualmente la Junta Directiva.
MODALIDAD DE CRÉDITO | EFECTIVA ANUAL | MENSUAL |
---|---|---|
ORDINARIO | 18.5% | 1,46% |
TERMINO FIJO | 22% | 1,80% |
CALAMIDAD | 0% | 0,00% |
EMERGENCIA | 18.5% | 1.46% |
ESPECIALES | 18.5% | 1,46% |
Cordialmente
José Manuel Pulido R.
Gerente