Cambios al Reglamento de Créditos
INFORMACIÓN IMPORTANTE:
A continuación relacionamos los cambios al reglamento de créditos anterior:
ARTÍCULO NOVENO (9°).- REQUISITOS GENERALES.
11. Para determinar la capacidad de pago del asociado o de su codeudor para créditos cuyo neto de endeudamiento sea superior a dos (2) SMMLV, se deberán aportar los documentos probatorios de sus ingresos tales como:
-
Asociado o codeudor independiente
- Formulario de información comercial.
- Balance y estado de pérdidas y ganancias del año inmediatamente anterior.
- Fotocopia de los últimos tres extractos bancarios.
- Certificación de ingresos firmada por un contador público titulado no familiar.
- Declaración extrajuicio si sus ingresos dependen de alguna persona natura.
- Documentos que certifiquen sus ingresos tales como, contratos de arrendamiento, contratos de prestación de servicios, honorarios.
-
Asociado empleado o codeudor empleado
- Carta laboral que contenga, salario, cargo, fecha de ingreso y clase de contrato
- Fotocopia de los tres últimos comprobantes de pago.
- Declaración de Renta, Documentos de propiedad de bienes muebles e inmuebles
- Documentos que certifiquen otros ingresos tales como, contratos de arrendamiento contratos de prestación de servicios, comprobantes de pago de pensiones, honorarios.
- Declaración de Renta, Documentos de propiedad de bienes muebles o inmuebles
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO (12°).- DISPOSICIONES VARIAS:
- En caso de presentar inconsistencias en los documentos presentados, la solicitud será llevada a aprobación de la Junta Directiva.
El día 21 de mayo se realizó una reunión de estamentos de la entidad con el fin de conocer de cerca el funcionamiento de cada uno de los mismos e intercambiar ideas que conlleven a un óptimo desarrollo administrativo y de control.
Se ha creado un correo electrónico para uso exclusivo de la Junta de Control Social, con el fin, que los asociados tengan comunicación directa con este órgano de control y dirijan allí sus inquietudes o quejas.
Este es: juntacontrolsocial@asomutualcpya.com
Cordialmente
José Manuel Pulido R.